Piden indagatoria para tres policías de la Federal

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El fiscal general a cargo de la Procuraduría de Violencia Institucional (Procuvin), Miguel Palazzani, junto a los fiscales ad hoc José Nebbia y Fernando Vallone, solicitaron al Juzgado de Instrucción n° 26 la declaración indagatoria para tres agentes de la Policía Federal Argentina pertenecientes a la comisaría n° 36 .

El comisario Fabio Adrián de Paola, la subcomisaria Karina Flores y el subinspector de la Policía Federal Andrés David Castrellón están acusados de omitir evitar las torturas cometidas contra un hombre detenido tras una persecución policial ocurrida el 18 de mayo de 2016, en Villa Soldati.

En su testimonio, la madre del hombre afirmó que a pesar de que al momento de la detención su hijo estaba tirado en el suelo lleno de sangre, los policías le pegaron patadas en la cabeza y “que un oficial le decía mátalo y el otro le contestaba que no porque iba a cantar, que lo necesitaban vivo”.

La víctima fue trasladada a la comisaria n° 36 donde fue arrastrado hacia el interior de la dependencia, insultado, fotografiado y filmado por efectivos de la Brigada de Investigaciones de la Comisaría n°48, quienes le proferían amenazas por -supuestamente- haber asesinado a un efectivo de esa fuerza de seguridad.

En ese contexto, la presentación de la procuraduría especializada manifestó que efectivos “le pusieron una bolsa en la cabeza y que lo golpeaban contra las paredes de la Comisaría, hasta que en un momento lo dejaron tirado y le sacaron la bolsa. También afirmó que ingresaron al lugar personas que le sacaban fotos y lo filmaban y que se trataba de otros policías que intervinieron en la golpiza, uno de los cuales le decía que había matado a un compañero de él”. Según la declaración testimonial de la víctima, durante la golpiza se presentó un médico, quien no le brindó asistencia alguna.

La Procuvin fundamentó la acreditación de la presencia del hombre detenido en la dependencia policial a partir del libro de novedades del Sargento de Guardia de la Comisaría n° 36, donde se detalló -en relación a la víctima- que “se hallaba ensangrentado [en] su rostro y cabeza por una herida cortante en el cuero cabelludo, aclarando que al ingresar a [la] dependencia se encontraban varios efectivos correspondientes a Brigada de Comisaría 48ª, personal uniformado de la misma y de la División Investigaciones, como otros uniformados, los cuales se hallaban todos ellos insultando, uno también filmando y sacando fotografías”.

En su escrito, los fiscales señalaron que a partir de la documentación registrada en el archivo del jefe de servicio no quedan dudas de la presencia de la víctima en la dependencia policial, “que fue ingresado gravemente herido a la misma, en donde se lo sometió a golpes y asfixia, siendo recién derivado para recibir atención médica pasadas las cuatro horas desde su ingreso”.

Por otro lado, los representantes del MPF destacaron que tras la persecución correspondía que la víctima fuera trasladada al hospital para recibir atención médica por las heridas generadas.

A partir del informe médico realizado por César Oscar Romero de la División Médico Legal de la Policía Federal, incorporado en la presentación del MPF, se pudo demostrar que “además de la herida cortante en la cabeza que se le produjo durante su detención”, la víctima fue sometida a golpes una vez que ingresó en el establecimiento policial.

La investigación incluyó también como prueba le mención de las fotografías que fueran publicadas en las redes sociales Twitter y Facebook con los perfiles “Horacio Lobo” e “@IgnacioC918” donde se puede ver al hombre golpeado bajo las torturas de los agentes policiales. A raíz de este material publicado en las redes sociales, el 17 de agosto pasado, el juzgado interviniente dio lugar a la solicitud de la fiscalía para, por un lado, allanar “la Comisaría 48ª y, por el otro, el libramiento de oficios a las empresas ´Facebook Ireland Ltd.´, ´Twitter International Company” y ´SoundCloud Ltd’”.

Pesaba sobre los nombrados una obligación de actuar para impedir que la víctima fuera sometida a torturas, “en tanto tenían competencia para ello, tal como demanda el tipo penal aplicable”, indicaron desde la Procuvin.
Desde la procuraduría especializada destacaron además que “el día 11 de agosto del corriente se llevó a cabo una inspección ocular en la sede de la Comisaría 36ª, en donde se pudo constatar el lugar en donde se tomaron las fotografías que fueron publicadas en Facebook”, en las que se ve a la víctima golpeada y ensangrentada. Los fiscales indicaron además que “los padecimientos físicos y psíquicos” a los que fue sometido la víctima “resultan ser de una magnitud tal que permite su encuadre en el delito de tortura tipificado en el art. 144 ter inc. 3 del Código Penal”.

A partir de la prueba citada, se concluyó que por el modo en cómo se desarrollaron los hechos de torturas en distintas oficinas de la misma dependencia los tres acusados “no podían haber desconocido los sucesos que allí tuvieron lugar”. “En ese sentido, pesaba sobre los nombrados una obligación de actuar para impedir” que la víctima fuera sometido a torturas, “en tanto tenían competencia para ello, tal como demanda el tipo penal aplicable”, agregaron desde la Procuvin en relación a la responsabilidad de los imputados. “Este deber, por otra parte, se funda no sólo en su jerarquía, sino en la presencia física de los nombrados en la dependencia en el momento en que los hechos de tortura tuvieron lugar”, concluyeron los representantes del MPF.