Penas de hasta 9 años a integrantes de una banda que realizaba entraderas

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El Tribunal Oral en lo Criminal 24 de esta capital condenó a penas de hasta 9 años de prisión a cuatro acusados de haber cometido robos reiterados con armas de fuego, bajo la modalidad conocida como “salideras bancarias”.

El TOC 24 consideró acreditada la participación de los imputados en hechos ocurridos en la Ciudad de Buenos Aires: los ladrones marcaban a la víctima en el banco, la interceptaban en la calle y le exigía la entrega del dinero amenazándola con armas.

Los hechos, que ocurrieron entre 2010 y 2013, tuvieron como denominador común que uno de los imputados simulaba realizar una operación por caja cuando en realidad lo que hacía era vigilar qué víctima efectuaba la mayor extracción dineraria.

Así el hombre marcaba la víctima a sus cómplices, quienes -ya en la calle- la seguían con una moto y la interceptaban para amenazarla con armas y robarle el dinero que había sacado del banco y otras pertenencias.

La mayor condena, a nueve años de cárcel, recayó en un acusado sobre el cual el tribunal tuvo en cuenta su participación en catorce hechos, ya sea en calidad de coautor o de partícipe necesario.

El imputado contaba con una condena previa a diez años y seis meses de prisión por un pronunciamiento del TOC 26 de abril de 2014 por lo que, en función del tiempo transcurrido en prisión, el tribunal le unificó la pena en 17 años, que vencerá en enero de 2025, informó la pagina de noticias “fiscales.gov.ar”.

En tanto, otro acusado recibió 5 años y ocho meses, mientras que para otros dos la condena fue de 3 años de prisión.

En el caso de los dos últimos, se les unificaron las penas en cuatro años y seis meses, y nueve años y tres meses de prisión, respectivamente, al contar con condenas previas.

Todos los acusados admitieron su responsabilidad en los hechos analizados, mediante la suscripción y ratificación del respectivo acuerdo que dio origen al juicio abreviado, “sin argüir algún elemento que los exculpara”.

A la hora de evaluar las pruebas, los jueces Marcelo Alvero, Raúl Llanos y María Maiza sostuvieron que los distintos elementos que se fueron “aunando a la manera de un rompecabezas” durante la investigación permitieron otorgar certeza tanto respecto a la ocurrencia de los hechos atribuidos a los imputados como al grado de participación de cada uno de ellos en los mismos, circunstancia que quedó ratificada con la admisión de responsabilidad efectuada al optar por el juicio abreviado.

En ese marco, los camaristas destacaron el aporte de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) del Ministerio Público Fiscal, a cargo de la fiscal Cristina Caamaño, que elaboró un informe con la descripción de la metodología desarrollada por la banda para cometer los ilícitos, y el rol asignado a cada uno.

“Estamos ante hechos entonces de gran trascendencia y magnitud, lo que debe ser meritado en el reproche a formular por el grado de culpabilidad demostrado por los imputados, en tomar la decisión libre y voluntaria de participar activamente en un plan criminal”, sostuvieron.