Condenan a dos prefectos por golpear a menores a la salida del corso

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Dos oficiales de la Prefectura Naval fueron condenados a penas de hasta un año y medio de prisión en suspenso e inhabilitación por el mismo tiempo por golpear a dos menores que salían de un corso en el barrio porteño de La Boca en el verano de 2014.

Se trata del ayudante principal Sergio Luis Romero, de 50 años, y de Mauro Andrés Leguiza, ayudante de tercera, ambos nacidos en la provincia de Corrientes.

Según la acusación fiscal, el 10 de febrero de 2014, alrededor de las 0:45, “cumpliendo servicio en la vía pública en carácter de funcionarios de la Prefectura Naval Argentina y a bordo de un móvil de la mencionada fuerza, interceptaron y frenaron sobre la calle Azara, entre Magallanes y Araoz de Lamadrid de esta ciudad, la marcha de los menores, quienes caminaban por dicha arteria”.

“Les ordenaron que se colocaran contra la pared. Uno de los menores G. les indicó que simplemente iban hacia su domicilio, lo que motivó que, en un primer momento, uno de ellos le propinara una patada en la cola. Acto seguido, el mismo prefecto le pegó al menor un cachetazo en el rostro y empujó fuertemente su cabeza contra la pared”, describe la imputación.

El otro prefecto le propinó al otro menor “con su tonfa, varios golpes en distintas partes de su cuerpo”, añade el fallo, al que accedió DyN.

Ambos prefectos negaron la acusación y dijeron, en cambio, que “una muchedumbre al desconcentrarse de los corsos en la intersección de Hornos y Suárez empezaron a producir desmanes y agresión hacia el personal policial, consistente en arrojar piedras y objetos contundentes” y en ese contexto se produjo el episodio por el que fueron llevados a juicio.

Pero el tribunal oral número nueve, con las firmas de los jueces Fernando Ramírez, Ana Dieta de Herrero y Jorge Gettas, y la intervención del fiscal Sandro Abraldes, entendió que los prefectos “tras increparlos, los golpearon de modo tal que Romero le produjo a uno de los menores una herida contuso cortante de cerca de tres centímetros en la región frontal izquierda a nivel de implantación capilar; en tanto que Leguiza le produjo al otro hematomas en cara posterior-externa de brazo, codo y antebrazo y en la zona lumbar media”.

El tribunal resolvió condenar a Romero a un año y medio de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial “por ser autor penalmente responsable del delito de lesiones leves agravadas por haber sido cometidas con abuso en el ejercicio de su función como integrante de las fuerzas de seguridad”.

“Romero es una persona adulta con estudios y una inserción laboral que le había permitido llevar adelante una carrera progresiva de realización personal durante cerca de 30 años por lo que resulta esperable en él una mayor adecuación a los mandatos legales. Especializado en seguridad, su larga experiencia debió funcionar como eficaz freno evitando exorbitar sus atribuciones”, consideraron los jueces.

En tanto, Leguiza, como subalterno de Romero, fue condenado a un año de prisión en suspenso e inhabilitación por el mismo delito.

“También es una persona adulta, con estudios y una inserción laboral en la institución de Prefectura que se presenta además especialmente vinculada a su dinámica familiar. Al momento de los hechos llevaba diez años en la fuerza por lo que no resulta admisible atribuir su conducta a la inexperiencia”, resumieron los jueces.