Rechazan la apelacion del gobierno porteño por el muro en Barracas

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La Sala II considero desierto el recurso de apelación interpuesto por el Gobierno de la Ciudad contra la resolución dictada en abril de este año por la jueza Lidia Lago, en la cual ordenó que se proceda a demoler el muro existente en una calle del barrio de Barracas a fin de garantizar la libre circulación.

Los camaristas consideraron que en la apelación se sostuvo que los actores -Aníbal Ibarra, María Elena Naddeo y Juan Cabandié- “carecían de interés legítimo y directo en la demolición del muro en cuestión”, sin rebatir suficientemente los argumentos expuestos por la jueza para admitir la legitimación procesal de los actores en su condición de ciudadanos.

La Sala II consideraron insuficientes los argumentos expuestos en la apelación, la cual se centró exclusivamente en considerar que los impulsores del amparo -el legislador porteño Aníbal Ibarra, la ex legisladora Maria Elena Naddeo, el diputado nacional por la Ciudad Juan Cabandié- “carecían de la suficiente aptitud procesal” y que “como ciudadanos, los actores no tenían el interés legítimo y directo con relación al objeto de autos“. “Los agravios expuestos por todo recurrente deben alcanzar suficiencia técnica, pues de lo contrario se origina la deserción de la apelación que se intenta”, resaltaron los camaristas.

En la sentencia se sostiene que “a criterio del tribunal el recurso incoado no cumple con los requisitos necesarios para ingresar a su tratamiento”, ya que “la demandada reiteró la genérica afirmación” que los actores “carecían de interés legítimo y directo en la demolición del muro en cuestión, sin rebatir suficientemente los argumentos expuestos por la Sra. Juez de primera instancia para admitir legitimación procesal de los actores en su condición de ciudadanos”.

El recurso de apelación fue concedido el pasado 16 de abril con efecto suspensivo. A partir de la resolución de la Cámara declarando desierto dicho recurso, la orden de demolición del muro en la calle Ascasubi deberá ser cumplida por el GCBA, con lo que el espacio lindante a la planta impresora del diario Clarín utilizado habitualmente como estacionamiento deberá quedar sin obstáculos para garantizar el derecho de libre circulación de los ciudadanos, derecho garantizado tanto en la Constitución Nacional como en la local.

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