Siete de cada diez homicidios de mujeres en CABA son femicidios, según reporte 2021 de la UFEM

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Un total de 15 femicidios, todos de mujeres cis género, se produjeron en 2021 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo que representó que siete de cada diez homicidios de mujeres en la Capital Federal fueron en contexto de violencia de género, según un informe publicado hoy, en el día del Ni Una Menos, por la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM).

De acuerdo al relevamiento de la fiscalía especializada a cargo de la fiscal Mariela Labozzetta, el año pasado se produjeron 22 homicidios dolosos de personas de identidad femenina en CABA, de los cuales 15 fueron clasificados como femicidios.

La cantidad total de homicidios de víctimas de identidad femenina (con y sin motivos de género) para 2021 mantiene el promedio anual del período 2015-2020.

Con esos 15 femicidios, se pudo establecer que el 68% de los homicidios dolosos con víctimas de identidad femenina presentaron elementos de violencia de género, independientemente de la situación procesal y la calificación jurídica de cada hecho al momento del relevamiento.

Es decir, que según este reporte de la UFEM, siete de cada diez mujeres asesinadas en la ciudad, lo fueron en un femicidio.

La proporción de femicidios resultó menor que la registrada en 2020 –que fue del 79%-, pero levemente superior al promedio histórico, ubicado en el 63% para el período 2015-2020.

De esta manera, la UFEM asegura que “la violencia por motivos de género fue, nuevamente, la principal causa de los homicidios dolosos de personas de identidad femenina en la Ciudad de Buenos Aires”.

Si bien la cantidad de hechos y víctimas de femicidio (15) es idéntica a la relevada para 2020, la suba de casos de homicidios sin motivos de género en 2021 permite explicar una menor proporción de femicidios durante el año pasado.

El informe revela que, en promedio, las víctimas de femicidio tenían 45 años, por encima de la media registrada en períodos anteriores, lo que se explica por la ocurrencia de hechos con víctimas muy longevas, de hasta 93 años.

Tres de las víctimas (20%) se encontraban en situación de calle, persistiendo la prevalencia de esta población entre los hechos letales.

A diferencia de lo observado en los informes anteriores, la totalidad de las víctimas de 2021 fueron mujeres cis, sin registrarse casos de transfemicidios/travesticidios.

En el 87% de los femicidios (13 hechos), el vínculo entre víctimas y agresor era de pareja y/o ex pareja.

Además, en nueve casos se registraron antecedentes de violencia con motivos de género, aunque solo uno había sido judicializado, con medidas de protección vigentes al momento del hecho.

En cuando a la distribución geográfica, los femicidios sucedieron en 13 barrios (11 Comunas distintas) de la ciudad, lo que evidenció una importante dispersión territorial.

Los barrios donde hubo más femicidios en 2021 son Balvanera y Flores, con dos víctimas cada uno, mientras que los restantes ocurrieron, con una víctima cada uno, en Retiro, Puerto Madero, Villa Crespo, Villa Ortúzar, Nueva Pompeya, Villa Lugano, Villa del Parque, Villa Pueyrredón, Colegiales, Recoleta y Palermo.

El espacio privado y los marcos de intimidad vincular caracterizaron nuevamente los escenarios femicidas, ya que el 67% de los hechos (10 casos) ocurrieron en la vivienda de la víctima y/o del agresor, mientras que el 20% (tres casos) se produjeron en la vía pública, lo que afectó en su totalidad a mujeres en situación de calle que habitaban en el espacio público, y el 13% (dos casos) en hoteles alojamientos.

Entre las principales modalidades de comisión de los asesinatos, el uso de la fuerza física directa (golpes y/o estrangulamiento) comprende al 47% de los hechos, seguida de los casos de apuñalamiento (27%), disparos de arma de fuego (20%) y una sola víctima (7%) murió quemada por el fuego.

La UFEM precisó que al momento del cierre del relevamiento, ocho de las quince causas judiciales por femicidios habían sido elevadas a juicio con el agravante de violencia de género (previsto en el artículo 80, inciso 11 del Código Penal).

En otros dos expedientes se había dictado el sobreseimiento por muerte o inimputabilidad del agresor, mientras que las restantes aún se encontraban en etapa de investigación.