El juez de instrucción porteño Gustavo Pierretti dispuso el procesamiento por el delito de quiebra fraudulenta del peluquero Roberto Giordano, a quien le imputó haber sustraído y ocultado a sus acreedores -principalmente, laborales- al menos 17 inmuebles, a través de sociedades fantasmas y testaferros. El conocido empresario de la moda fue procesado –sin prisión preventiva- en carácter de autor de ese delito, junto a otras ocho personas consideradas por el juez como partícipes necesarias. Los nueve imputados fueron embargados por 57 millones de pesos cada uno.

La causa se había iniciado en virtud de la denuncia formulada por la jueza a cargo de la quiebra, Julia Villanueva, quien remitió testimonios de las actuaciones de ese expediente a la justicia penal. La causa fue investigada por la Fiscalía N°49, a cargo de Paula Asaro, con la colaboración del área Operativa de Concursos y Quiebras de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), que trabajaron conjuntamente en el diseño de las medidas probatorias, el análisis de la información y el diseño de la estrategia para la imputación.

Tras analizar los elementos aportados por el Ministerio Público Fiscal y el resultado de las indagatorias, el juez de instrucción señaló –en la resolución firmada el 16 de agosto- que se encontraban reunidos elementos de convicción suficientes para procesar a Giordano por aparentar un estado de insolvencia que no guardaba relación con su realidad económica. A su vez, afirmó que “la esforzada y prolija artimaña pergeñada por Giordano a la cabeza ha logrado su fin: frustrar los derechos de la masa de acreedores”.

En el procesamiento el juez se hizo eco de los argumentos desarrollados por los fiscales en su dictamen acusatorio, al cual destacó por “el minucioso análisis de la prueba efectuado”. En esa línea, analizó tres canales de valoración de la prueba que comprobarían el ocultamiento de los inmuebles a la masa de acreedores de la quiebra de Giordano: “1) el comprobado vínculo entre accionistas y representantes entre las sociedades entre sí y con Roberto Giordano, 2) la ausencia de actividad comercial de las sociedades y la imposibilidad de los socios para adquirir los bienes y 3) que Roberto Giordano era y siguió siendo dueño de las propiedades que fingió transmitir a otros o que otro adquirió a su nombre”.

Más allá de los hechos imputados a Giordano, se resaltó la conducta del escribano que colaboró en la constitución de las sociedades y en las operaciones de compraventa de los inmuebles que le permitieron a Giordano ocultar sus bienes. Este escribano era, además, su cuñado.

Por otro lado, tres de las cómplices de Giordano, imputadas en la investigación, reconocieron haber firmado algunos de los documentos investigados, relativos a la constitución de las sociedades fantasmas, a modo de favor.

La conducta de Giordano y sus cómplices fue calificada como quiebra fraudulenta y se les impuso un embargo por 57 millones de pesos, que equivale a la deuda reclamada en el proceso comercial de la quiebra y representa el perjuicio sufrido por los acreedores. (fiscales.gob.ar)