Piden una política antidroga respetuosa de los DDHH

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Bajo el hashtag #a30añosdebazterrica, en relación al fallo de la Corte que el 29 de agosto de 1986, la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de la persecución del delito de tenencia de estupefacientes para consumo personal, jueces y fiscales se unen para pedirle al Gobierno una política de lucha contra el narcotráfico que respete los derechos humanos.

En el mismo sentido, la Sala II de la Cámara de Casación Penal firmó hoy un fallo conocido como el caso “Arce” donde sobreseyeron a un joven pampeano que fue detenido y procesado cuando lo encontraron fumando un cigarrillo de marihuana en el día del Estudiante en el 2012.

El fallo, más allá del hecho puntual, donde jueces y fiscales concuerdan que la mayoría de los casos de drogas que se tramitan en los turnos tiene que ver con el consumo personal y no con organizaciones de narcotraficantes, se adentra en la nueva política encarada por el nuevo Gobierno en materia de narcotráfico.

Con los votos de los camaristas Angela Ledesma y Alejandro Slokar hace referencia a fallo Bazterrica “y que —con retrocesos merced la mayoría automática de los años noventa— es la doctrina expuesta por la Corte en “Arriola” en 2009” con la nueva Corte Suprema que también despenalizó el consumo personal de drogas.

“Es oportuno recordar que esta es la misma Sala que confirmó las condenas en el célebre caso de “Manzanas Blancas” —donde se juzgó el contrabando de 3.369 kilogramos de cocaína a España—, sentencia en la que Slokar hizo especial consideración al fenómeno de la llamada “globalización criminal”, entendida como “anomalía planetaria que potencia la mundialización de tráficos ilícitos (no sólo de drogas, sino de personas, armas, órganos, especies protegidas, residuos tóxicos), sin límites ni fronteras y con consecuencias lucrativas millonarias”

Los jueces y fiscales que firmaron la “declaración de magistrados argentinos por una política de drogas respetuosa de los derechos humanos” le pidieron al Gobierno que “la llamada guerra contra las drogas ha producido mayores daños a la sociedad que los que supuestamente fue llamada a reducir”.

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Agregaron que “sus políticas públicas basadas en la criminalización y represión, han demostrado ser un rotundo fracaso en nuestro país y el mundo entero, sin que se haya logrado disminuir el consumo de sustancias estupefacientes ni perseguir eficazmente al crimen organizado”,

El fallo de los camarista en el caso “Arce” va en el mismo sentido. Dijo Slokar: “dejar de perseguir consumidores mediante el sistema penal permitirá duplicar los presupuestos de las respuestas estatales no represivas que se podrían desarrollar en torno a ellos. Esto, sin considerar todavía otros costos, como los institucionales, sociales y humanos que produce el sistema penal…”.

Por otra parte el camarista, reivindicó el anteproyecto de Código Penal elaborado por la comisión presidida por Eugenio Raúl Zaffaroni y que contó con los aportes de los hoy oficialistas Ricardo Gil Lavedra y Federico Pinedo, que desincriminaba la tenencia de estupefacientes para consumo personal.

La iniciativa en la que adhirieron más de 200 jueces, fiscales, defensores, y académicos de diferentes extracción política señalaron al Gobierno que contemple los siguientes puntos:

  • Proceder al debate legislativo y aprobación de una ley que no criminalice a los usuarios de drogas prohibidas, mediante la derogación efectiva de los tipos penales que directa o indirectamente sancionen conductas relacionadas al consumo personal de estupefacientes (Ley 23.737).
  • Derogar las medidas compulsivas de tratamiento contenidas en la Ley 23.737, por no ajustarse a los estándares en materia de derechos humanos y abordaje de los consumos problemáticos, conforme la normativa internacional y local (Ley 26.657 y Ley 26.934).
  • Reglamentar la Ley 26.934 “Plan Integral para el Abordaje de los Consumos Problemáticos (Plan IACOP)”, brindando los contenidos fundamentales que sustenten una política pública de abordaje de los consumos problemáticos.
  • Balancear el presupuesto asignado a las medidas orientadas a disminuir la demanda en el consumo de sustancias, en función de las destinadas a contrarrestar la oferta.
  • Establecer un sistema efectivo y constante de control institucional de los establecimientos públicos y privados que se abocan a la asistencia y tratamiento de consumos problemáticos de sustancias, velando por el respeto de los derechos humanos de los consumidores, conforme la normativa internacional y local.
  • Articular los medios necesarios para brindar a las personas privadas de libertad con uso problemático de drogas, la oferta de modelos comprobados de intervención en materia de atención y tratamiento sobre la base de la diversidad, contemplando los contextos en los que se presentan las adicciones, sus características y la singularidad de las personas.
  • Desarrollar políticas de reducción de daños, brindando contenidos operativos a la política pública establecida y demandada por la Ley 26.934 (artículo 10 inciso d).
  • Proceder a la derogación de la llamada “Ley de Desfederalización” (Ley 26.052).
    Contemplar la posibilidad de aplicar a las llamadas “mulas” la ley de trata de personas en su condición de posibles víctimas, a fin de colocarlas bajo la protección de la ley, la disminución de penas, alternativas al encarcelamiento y políticas de amnistía e indulto.
  • Garantizar el acceso a las sustancias actualmente prohibidas, a las personas que las precisen con fines médicos, terapéuticos o paliativos del dolor. Propiciar la investigación científica sobre las potencialidades médico terapéuticas de esas sustancias.
  • Ubicar a los individuos en el centro de las políticas de drogas. La legislación debe respetar los principios de legalidad de la ley penal, pro homine, lesividad, ofensividad y proporcionalidad (artículo 75. 22 CN).

Sentencia Casacion Arce