Anularon el fallo de un juez porque copió 75 párrafos de otra resolución

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Un tribunal de alzada anuló una sentencia que condenaba al Auto Club Balcarce y A la administración municipal del mismo distrito a indemnizar a familiares de dos espectadores que murieron tras un accidente en la pista, entre autos de carrera. ¿El fundamento? El juez de primera instancia había incluido 75 párrafos casi calcados de una resolución por otro caso similar correspondiente a la Cámara de Apelaciones de Lomas de Zamora.

“No he encontrado en el texto de la sentencia apelada referencia o cita alguna vinculada con el fallo original, omisión involuntaria que ha de estar motivada seguramente por la intensa labor diaria que tienen los jueces «de trinchera»”, advirtió el magistrado Ricardo Monterisi, en sintonía absoluta con su colega Roberto Loustaunau, el otro miembro de la Sala II de la Cámara de Apelaciones del Departamento Judicial de Mar del Plata.

El cuestionamiento apuntó al juez en lo Civil y Comercial N° 4, Raúl Eduardo Garros. “En mi fallo hay 20 a 25 carillas de fundamento, por lo que hay motivación propia al hacer mérito de otra sentencia que trató un caso muy similar”, dijo ayer Garros, consultado por el diario La Nación.

En la causa “Ibarra, Pablo Ariel y otros e Iezzi, Jorge Ángel, y otros contra Auto Club Balcarce y otros por daños y perjuicios” había resuelto resarcimientos económicos a familiares de fallecidos en aquel episodio del 12 de septiembre de 2004, ocurrido en el autódromo Juan Manuel Fangio, de Balcarce, durante una competencia de la categoría Turismo Especial de la Costa. Dos autos chocaron, se despistaron y arrollaron a Pablo Alberto Ibarra y A Jorge Ariel Iezzi. Ambos fallecieron.

La defensa del gobierno comunal de Balcarce presentó un recurso contra la resolución de Garros y advirtió que había volcado en su fallo un extenso tramo, casi textual, con fundamentos de otra resolución adoptada por la Sala I de la Cámara de Apelaciones del Departamento de Lomas de Zamora en la causa “Angelakis, Nicolás c/ Tamango Sergio y otros”, del 2 de noviembre de 2004.

Los camaristas marplatenses destacaron una “transcripción literal” de aquella sentencia. “A partir del punto «A» del considerando III, titulado Responsabilidad, y hasta el punto «F» de la sentencia se han reproducido un total de setenta y cinco párrafos”, precisaron.

Dijo Monterisi, avalado luego por su colega Loustaunau, que “si las argumentaciones transcriptas no han sido el producto de la reflexión y del estudio doctrinario y jurisprudencial del magistrado, mal pueden las partes -y este tribunal- conocer cuál ha sido el verdadero proceso intelectivo por medio del cual [el juez] arribó a su conclusión”.

La resolución de la Cámara de Apelaciones de Mar del Plata anuló el fallo de primera instancia y ordenó un nuevo pronunciamiento sobre el caso, siempre sobre las mismas actuaciones, pero esta vez con nuevo magistrado, debido a que Garros quedó inhabilitado porque ya emitió opinión.