Dictan la primera condena a un chofer de Uber

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La Justicia dictó la primera condena a un chofer de UBER por el uso indebido del espacio público y por ejercer ilegítimamente una actividad, sancionados en los artículos 74 y 83 del Código Contravencional.

El Fiscal de Cámara, Martín Lapadú, realizó un juicio abreviado con el chofer de UBER cuyas iniciales son G.E.D.M, condenándolo a la sanción principal de 2 días de arresto, y la sanción accesoria de inhabilitación para conducir cualquier tipo de rodado por el término de 2 meses, cuyo cumplimiento se deja en suspenso; por considerarlo autor responsable a de las contravenciones previstas en los artículos 83 y 74 del Código Contravencional. Esta condena fue homologada por la jueza Claudia Alvaro, titular del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N° 16.

Además el Fiscal Lapadú dispuso que para que la condena quede en suspenso, G.E.D.M. no debe usar la aplicación UBER bajo ninguna circunstancia, y además fijar residencia y comunicar a la Fiscalía cualquier cambio de ésta y cumplir con las citaciones o requerimientos que la Fiscalía o el Juzgado hiciere.

La Fiscalía comenzó a investigar a G.E.D.M. al recibir un acta de comprobación hecha por el Gobierno de la Ciudad, en el marco de los controles de transito que se realizan en la vía pública.

Al imputado le fue labrada un acta por transporte ilegal (UBER), que se realizó al haberse constatado que G.E.D.M. se encontraba conduciendo un vehículo particular marca Renault, modelo Sandero, el 22 de diciembre de 2016, ofreciendo el servicio de socio conductor de UBER.

En el juicio abreviado se comprobó además que G. E. D. M. había recibido pagos por la suma de $ 4361 de UBER a través de la firma Payment SRL por prestar servicios de socio conductor a la empresa.

Además, Lapadú estableció a través de un informe de la Dirección Nacional de Licencias del Gobierno de la Ciudad, que a G.E.D.M. se le otorgó el 15/7/15 licencia para conducir categoría B1, la que autoriza a conducir automóviles, camiones y utilitarios hasta 3.500 Kg. de peso, pero no habilita al transporte de pasajeros para lo cual, se requiere contar con licencia categoría D.

El juicio abreviado es una modalidad que permite el Código de Procedimiento con el objeto de evitar el juicio y resolver la situación procesal del imputado en forma expeditiva.