Procesaron al hombre que entró a Radio Nacional amenazando “volar todo”

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Télam

La justicia federal dictó el procesamiento del hombre que el 23 de marzo pasado ingresó al edificio de Radio Nacional y al estudio en el que se transmitía el programa “Poné primera” simulando tener un artefacto explosivo entre su ropa, bajo la amenaza de que iba a “volar todo” si no lo dejaban hablar al aire.

La resolución fue dictada por el ahora ex juez Norberto Oyarbide días atrás, en el marco de un proceso que lleva adelante ante la Fiscalía Federal N°8, a cargo de Juan Pedro Zoni.

La resolución dictada por el entonces magistrado revela que el imputado Carlos Alberto Serbali, de 64 años, señaló en su declaración indagatoria que decidió ir a la emisora de la calle Maipú al 500, en el microcentro porteño, para reprocharle al periodista y uno de los conductores del programa, Eduardo Anguita, sus presuntas críticas al escritor Ceferino Reato.

“Se mezcló todo, la angustia por mi futuro, lo que me pareció injusto de las acusaciones sobre Reato, y toda esta movida del cuadragésimo aniversario de 1976. Y decidí hacerme oír de un modo disparatado. Ahora lo veo”, dijo en el acto de defensa.

Oyarbide enumeró entre los elementos de prueba las declaraciones del personal de la Seccional 1ª de la Policía Federal que intervino en el hecho, informes médicos, fotografías y declaraciones testimoniales, entre otros. En ese sentido, citó el escrito de la División Medicina Legal de esa fuerza, en cuanto estableció que el acusado “justifica su conducta sin arrepentimiento de la misma”.

Anguita brindó su testimonio, de acuerdo a lo que percibió desde adentro del estudio cuando el imputado ya estaba a sus puertas e intentaba ingresar: “Veo que el policía tenía el arma empuñada (…) Decía ‘van a volar todos, van a volar todos’”. Cuando logró hacerlo, lo llamó por su nombre varias veces “en forma insultante”, hasta que se acercó. A todos los que estaban en el estudio los dejó salir, y, al quedar a solas, “me dice que soy un asesino, que fui guerrillero”, refirió. Mientras hablaban, los policías ingresaron y lograron rodearlo, para luego abalanzarse y reducirlo. “No descarté que fuera un loco con explosivos y con un arma”, evaluó sobre la incertidumbre de la situación.

La co-conductora de “Poné primera”, Romina Manguel, indicó que en la Radio se comentó que Serbali había sido visto días antes en la radio “haciendo cierta inteligencia previa”, lo que el hombre también dio a conocer en su indagatoria. “Hubo mucho miedo y pánico. Sentíamos que o detonaba el aparato o se producía una balacera que podría dañar a cualquiera. Estábamos en un estudio pequeño, con mucha gente”, graficó.

En cuanto al supuesto artefacto -ensamblado con seis tubos embalados con cinta y rellenos con harina, con cables en sus extremos y una batería-, los expertos de Explosivos de la Superintendencia Federal de Bomberos aseguraron que no se trataba de una burda simulación, “sino toda lo contrario”, ya que “Serbali recreó con fidelidad una buena imitación”, reseñó el por entonces juez.

La calificación legal de la conducta atribuida por el juez fue “intimidación pública”, que establece penas de dos a seis años de prisión a quien “para infundir temor público o suscitar tumultos o desórdenes, hiciere señales, diere voces de alarma, amenazare con la comisión de un delito de peligro común, o empleare otros medios materiales normalmente idóneos para producir tales efectos”. Ello en concurso real con el delito que prevé penas para quien “hiciere uso de amenazas para alarmar o amedrentar a una o más personas. (…) Será reprimido con prisión o reclusión de dos a cuatro años el que hiciere uso de amenazas con el propósito de obligar a otro a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad”, según indica el artículo 149 bis del Código Penal.

Finalmente, “la opinión médica fue categórica en cuanto a la situación de Serbali, que podría derivarse en una situación de riesgo cierto para sí o para terceros, haciendo necesaria su internación en una institución adecuada para su asistencia, protección y seguridad”, consideró Oyarbide. Por ese motivo, además del procesamiento resolvió que el acusado sea alojado preventivamente en el Complejo Federal de Ezeiza “que posea las condiciones edilicias y profesionales adecuadas, en virtud del cuadro médico del encartado, asegurando que las condiciones de detención de Serbali cumplan un todo con lo dispuesto en la Ley 26657”, es decir con la Ley de