Operativos antitrapitos en el Boca – River

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Si se encuentra al “trapito” cobrando o realizando señas para estacionar se le hace un acta contravencional, y si el “trapito” es reincidente o no posee documento de identidad, se lo traslada a la Oficina Judicial Móvil donde se identifica y corrobora los datos y antecedentes.

Se hicieron 85 actas contravencionales por infracción a los artículos 79 y 83 del Código Contravencional. De este número de “trapitos” infractores, 39 fueron remitidos al Centro de Identificación de Contraventores por formar parte de una lista de 719 reincidentes, y 5 fueron trasladados por no tener identificación.

El artículo 79 del Código Contravencional sanciona a las personas que exigen retribución económica por cuidar vehículos en la vía pública sin contar con autorización. Mientras que el artículo 83 se refiere al uso indebido del espacio público y sanciona a “quien realiza u organiza actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público”.

El operativo fue realizado por la División de Contravenciones y Faltas de la Policía de la Ciudad, participaron 30 equipos que inspeccionaron los tres cordones de seguridad que rodeaba al estadio.

También participo la Dirección General de Fiscalización y Control (DGFyC), Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria (DGHySA), Direccin General de Tránsito y Transporte, y Espacio Público. Fiscalía Pena Contravenciones y de falta N° 35, A cargo de la Dra. Celsa Ramirez.