El asesino de José Luis Cabezas fue excluido de la matrícula de abogados de Quilmes

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El Colegio de Abogados de Quilmes excluyó a Gustavo Prellezo de su matrícula tras haber jurado la semana última. La decisión la tomó la mesa directiva en una reunión extraordinaria que se realizó en la tarde noche de ayer en la sede de Alvear 414, publica el sitio datajudicial.com.ar

El jueves pasado, el asesino de José Luis Cabezas había jurado como abogado matriculado en el Colegio de Abogados de Quilmes y, ni bien la noticia tomó estado público, generó un gran rechazo y polémica en toda la sociedad.

A continuación los argumentos del Colegio de Abogados por los cuales dieron marcha atrás con la matriculación del homicida:

Reunión de Mesa Directiva Extraordinaria del 28-03-2017

“Siendo las 19.00 hs., con la presencia de los Dres. Bienvenido Rodriguez Basalo, Natalia Soledad Messina, Osvaldo Mayer, Abraham Waismann, Christian Gaston Fragueiro y Maximiliano Albaytero, se da comienzo a la reunión extraordinaria de Mesa Directiva del día de la fecha.

Que en un todo de acuerdo con lo establecido por el art. 44, 2do. Párrafo y 3ro de la Ley 5177, la mesa directiva procede a adoptar la siguiente resolución, que será puesta en conocimiento del Consejo Directivo en su próxima e inmediata reunión y de todos los colegas matriculados, a saber:

En virtud de la toma de conocimiento, por parte de las autoridades de este colegio departamental, de la situación generada por la matriculación del Dr. Prellezo Gustavo Daniel, manifiestan:

Que el Dr. Prellezo Gustavo Daniel, acompañó oportunamente la documentación requerida para su matriculación, conforme el procedimiento que estipula la Ley N° 5.177 en su artículo 6to. A tal efecto, adjuntó título habilitante expedido por la Universidad Nacional de La Plata, informe de anotaciones personales y certificado del Registro Nacional de Reincidencias y Estadistica Criminal.

Que el certificado de Reincidencia y Estadistica Criminal acompañado, expedido por el Ministerio de Justicia de la Nación, trámite N° P9586072, suscripto por la funcionaria Ariana Daniela González (P/A del Registro Nacional de Reincidencia), certifica en los términos del art. 51 del Código Penal de la Nación y del art. 8° inc. f) de la Ley N° 22.117, que el Dr. Gustavo Daniel Prellezo “registra en esta repartición los antecedentes judiciales que se acompañan, en cuatro fojas”. Que de dichos antecedentes acompañados, suscripto por la autoridad precedente, no surge que exista sentencia firme condenatoria de delito doloso conforme lo dispuesto por la norma de rito (art. 2 inc. 1 Ley 5177).

Que revisado el caso, en orden a los antecedentes acompañados, sumado ello a la toma de estado público, esta institución procedió, en uso de las facultades que le otorga el art. 9 de la Ley 5177, a solicitar los antecedentes vigentes de la causa CSJ N° 1326/15/RH1, evidenciando que el certificado de reincidencia aportado, a su turno, no refleja el decisorio emitido con fecha 23/06/2015 donde la Corte Suprema de Justicia de la Nación denegara el Recurso de Queja formulado por la defensa del Dr. Prellezo Gustavo Daniel, circunstancia esta, que cambia en lo sustancial la situación descripta.

En consecuencia, el Doctor Prellezo Gustavo Daniel, no puede inscribirse en la matricula en atención a estar comprendido dentro de lo establecido por el art. 2 inc. 1ro; de la Ley 5.177.

Por lo expuesto, esta Mesa Directiva, resuelve conforme lo expuesto, proceder a:

1) Excluír de la matrícula al Dr. Gustavo Daniel Prellezo T° XI F° 173 y cuyas demás circunstancias personales surgen de su legajo personal.

2) Comunicar la presente resolución al Colegio de Abogados de La Provincia de Buenos Aires y Caja de Previsión Social.

Siendo las 20,30 hs se da por finalizada la reunión”.