El Consejo de la Magistratura citó a Reynoso tras declarar en indagatoria

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El Consejo de la Magistratura citó para el 4 de diciembre que viene al juez Raúl Reynoso, quien el miércoles pasado declaró en Salta en el marco de una investigación donde se lo acusa de recibir coimas de parte de narcotraficantes, informaron a Online911 fuentes judiciales.

La decisión fue adoptada por la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratura, que se reunió en una sesión extraordinaria, con la presidencia del doctor Jorge Daniel Candis, la presencia de los consejeros Luis María Cabral, Adriana Donato, Leónidas Moldes, Héctor Pedro Recalde, Nicolás Soler, y la asistencia de la secretaria Mariana Aballay.
Según las fuentes, la decisión de convocar a Reynoso “fue decidida de manera unánime”.

El expediente se inició a raíz de una denuncia formulada por David Ramón Mazzutti , en la que le imputó al juez Reynoso “atropellos e ilegalidades a sus derechos constitucionales al ordenar y hacer efectiva su detención desde el 24 de diciembre de 2014 y por más de veinte días, sin requerimiento ni intervención del fiscal y sin ser anoticiado de los motivos por los cuales se lo privó de su libertad”.

El denunciante ante el consejo denunció al magistrado otras irregularidades en la que habría incurrido al disponer medidas investigativas entre las que se encuentran “haber ordenado su seguimiento, vistas fotográficas y agregar al expediente notas suscriptas por empleados judiciales del tribunal”.

Luego de diversas medidas de prueba producidas por la Comisión de Disciplina y Acusación, se resolvió la citación de Reynoso por los siguientes cargos:

1) Haber instruido el expediente penal F.S.A. n° 26/2015 sin intervención ni impulso del Ministerio Público Fiscal, máxime cuando se trataba de un supuesto de denuncia, violando de ese modo las prescripciones del artículo 180 y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación

2) Haber privado ilegalmente de la libertad a David Ramón Mazzutti desde el día 24 de diciembre de 2014 hasta el día 29 de diciembre de ese mismo año, momento en el cual perdió jurisdicción al inhibirse de seguir entendiendo en el expediente n° 19.442/2014 (F.S.A. n° 26/2015) el 27 de diciembre y desde esa fecha hasta que remitió el expediente a la Cámara para que se continuara con la investigación, lo que ocurrió el 5 de enero de 2015; como así también haber violado las garantías constitucionales que le asisten a toda persona sometida a un proceso penal.

3) Haber tramitado una investigación penal desentendiéndose de un supuesto de excusación cual es ser la supuesta víctima de los hechos que allí se investigaba, según lo normado en los artículos 55, inciso 4°, 56 y 57 del Código Procesal Penal de la Nación.

4) Demorar injustificadamente, una vez apartado de la causa, la intervención del nuevo magistrado en el marco del expediente penal n° 19.442/2014 (F.S.A. n° 26/2015), como así también en la causa n° 3/2015 (n° 23/2015) que se inició con motivo del hábeas corpus presentado en favor del imputado Mazzutti.

5) Haber tomado intervención y tramitado, hasta el punto de ordenar una citación a prestar declaración indagatoria a la doctora María Cecilia Barba, en la que conforme las constancias existentes desde su origen, el juez Reynoso resultaba sindicado como posible autor o partícipe de los delitos denunciados por el detenido Alfio Massimo Fichera, excusándose recién cuatro años después.

6) Haber ordenado la producción de medidas de prueba sin impulso fiscal que fueron producidas a su instancia sin la observancia de las formas que establece el Código Procesal Penal de la Nación; tales como los informes de los empleados y funcionarios del Juzgado Federal de San Ramón de la Nueva Orán, de acuerdo al siguiente detalle: el empleado Gabriel Valdez; el empleado de mesa de entradas, Jorge Ramón Guzmán; el oficial Ramón Enrique Maita; el Secretario, doctor Gustavo José Adad y el auxiliar Elio Rubén Garrido.

7) Haber dispuesto la intervención de fuerzas de seguridad federales, específicamente de Gendarmería Nacional en tareas de inteligencia para fines prohibidos con el consecuente dispendio de recursos y distracción de las tareas de seguridad que le son propias. Así, dispuso la realización de tareas investigativas destinadas a la individualización de la pareja de la doctora María Cecilia Barba y todas las circunstancias de interés para ese expediente, con relación al hecho ocurrido el 16 de diciembre de 2014 en su domicilio particular.