El Senado tratará el proyecto que limita las salidas anticipadas a condenados por delitos violentos

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El Senado debatirá mañana para impulsar un cambio clave en el derecho penal, en lo que respecta al beneficio de la libertad anticipada para delincuentes. Los legisladores avanzarán con las modificaciones necesarias a la ley 24.660 que pondrían fin a las excarcelaciones de quienes son condenados por todo tipo de delitos violentos.

Tal como lo pidió la semana pasada la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, el proyecto que ya fue aprobado por Diputados obtendrá dictamen en la comisión de Justicia y Asuntos Penales, para luego ser tratado en el recinto a partir de las 14.

El proyecto modifica la Ley 24.660 de ejecución de la pena privativa de la libertad y, entre los puntos más importantes, agrega más delitos al artículo en el que se establece en qué casos el detenido no puede acceder al beneficio de la libertad anticipada.

La Ley 24.660 indica en el artículo 56 bis que “no podrán otorgarse los beneficios comprendidos en el período de prueba a los condenados” por delitos como homicidio agravado; delitos contra la integridad sexual seguido de muerte; privación ilegal de la libertad coactiva “si se causare intencionalmente la muerte de la persona ofendida”; homicidio en ocasión de robo y secuestro extorsivo seguido de muerte intencional.

El proyecto modifica ese artículo y agrega una batería de otros delitos que hasta ahora no están contemplados, como el homicidio simple, los delitos contra la integridad sexual y el abuso de menores de edad. A ese listado de delitos se agregan también corrupción de menores; promoción o facilitación de la prostitución de una persona; explotación económica del ejercicio de la prostitución; producción o divulgación de “toda representación de un menor de 18 años dedicado a actividades sexuales” o “toda representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales”.

También incluye la privación ilegal de la libertad coactiva seguida de muerte; tortura seguida de muerte; robo seguido de muerte; robo “con armas, o en despoblado y en banda”; secuestro extorsivo seguido de muerte intencional o no y captación o traslado de personas con el fin de la explotación.

En caso de que el proyecto sufra modificaciones, deberá volver a la Cámara de Diputados para ser aprobado con dichos cambios o insistir con su redacción original.

La semana pasada, el procurador penitenciario de la Nación, Francisco Mugnolo, pidió a los senadores que realicen un “análisis detenido para modificar el proyecto” tras advertir que en caso de ser aprobado como está, “devuelve al Servicio Penitenciario el poder absoluto en la condena”.

En esa ocasión, Mugnolo también indicó que el proyecto acotaba significativamente el rol de los jueces de ejecución penal, encargados de realizar el seguimiento de la condena y de decidir respecto de las salidas anticipadas.

El cuestionamiento es al punto del texto que señala que será el director de la cárcel el que “por resolución fundada propondrá al juez de ejecución o juez competente la concesión de las salidas transitorias o del régimen de semi libertad”. Otra duda se plantea sobre el hecho de que sea la dirección del establecimiento penitenciario la que pronostique la posibilidad de reinserción social de un condenado.

La semana pasada, la ministra de Seguridad visitó el Senado para exponer sobre el proyecto que se debatirá desde las 14. Tras esa actividad, indicó: “Por lo que nos dijeron en el Parlamento, la semana que viene (por hoy) ya sería ley. Traerá un cambio muy importante en la política criminal de Argentina”.

La cuestión de la necesidad de cambios en las leyes penales vigentes volvió al centro de la escena luego de la violación y asesinato de la joven Micaela García en manos de Sebastián Wagner, un abusador con antecedentes que había sido beneficiado con la libertad condicional al cumplir dos terceras partes de su condena. Ese beneficio lo pagó Micaela con su vida.