Lo condenan por atropellar manejando borracho pero no irá a la cárcel

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Un hombre de 51 años que manejaba borracho cuando atropelló a un grupo de personas en una parada de colectivos hiriendo gravemente a una mujer en la localidad neuquina de Añelo fue condenado a tres años de prisión pero seguirá libre.

Este miércoles se realizó una audiencia en la que el juez Gustavo Ravizzoli avaló un acuerdo efectuado entre las partes y condenó al hombre a tres años de prisión de ejecución condicional y dos años de inhabilitación para conducir.

La fiscal Paula González indicó que se lo acusa por haber conducido su vehículo de una manera imprudente y antirreglamentaria.

Respecto del acuerdo, la fiscal indicó que las víctimas prestaron su consentimiento, y señaló como atenuantes que el condenado tiene trabajo (en la construcción) y no posee antecedentes.

El hombre, además, reconoció su responsabilidad en el hecho, por lo que lo condenaron por lesiones graves culposas agravadas.

Desde el aspecto legal, el magistrado indicó que correspondía admitir el acuerdo pleno presentado por las partes.

“Es una pena justa, razonable y que aparece como respuesta más adecuada”, afirmó Ravizzoli.

El hecho ocurrió el 14 de enero, aproximadamente a las 7:00, frente al casino de la localidad de Añelo, sobre la calle 1.

En ese instante, el hombre conducía su Fiat Siena en sentido oeste cuando, al llegar al empalme con dicha calle, perdió el control. Luego, se subió a la vereda y atropelló a un grupo de personas que estaban esperando el transporte para ir a trabajar.

De inmediato, las víctimas fueron asistidas por las ambulancias del centro de salud local y derivadas al hospital Castro Rendón.

Como consecuencia, una mujer sufrió heridas graves, en su mayoría de tipo cortantes. Mientras que un hombre sólo terminó con heridas leves (traumatismo cerrado de tórax).

Tras el accidente, personal policial que arribó al lugar le realizó un test de alcoholemia al conductor del Fiat Siena, que arrojó un resultado positivo de 1,11 gramos de alcohol.

El magistrado que avaló el acuerdo resaltó que la pena solicitada de tres años en suspenso resultaba justa y razonable por las lesiones graves culposas agravadas.