La Corte declaró inconstitucional la ley de Subrogancias

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En un golpe a la procuradora Alejandra Gils Carbó, quien ayer se manifestó a favor de la constitucionalidad de la ley por la suplencia de jueces, hoy la Corte Suprema de Justicia no sólo declaró inconstitucional la norma sino que además declaró nulas todas las designaciones de conjueces efectuadas bajo la misma ley.

“Declarar la invalidez de todas las listas de conjueces aprobadas sin la debida intervención del Consejo de la Magistratura con las mayorías agravadas de dos tercios”, dijeron por unanimidad los miembros de la Corte en el punto 4 de la resolución.

Asimismo rechazó el nombramiento de Laureano Durán y de todos los subrogantes cuyo procedimiento de designación no se haya ajustado a las pautas fijadas en esta sentencia, con excepción de los casos en los que se haya designado para subrogar a un juez titular y que este último haya sido elegido por sorteo u orden preestablecido en una norma general.

La Corte estimó que la ley de subrogacia afecta “la independencia judicial y la garantía de juez natural para los ciudadanos, en tanto permitía al Consejo de la Magistratura elegir subrogantes para un tribunal o caso determinado, en forma discrecional, sin sorteo ni parámetro objetivo alguno y sin dar prioridad a los jueces designados mediante el procedimiento constitucional. Además, la ley establecía que los jueces subrogantes podían nombrarse por una mayoría inferior a la requerida para nombrar jueces titulares”.

Por último determinó que hasta tanto existe una nueva ley la designación de jueces sera establecida de la siguientes manera:

a) para los juzgados de primera instancia se deberá nombrar un juez de igual competencia de la misma jurisdicción, teniendo prelación el juez de la nominación inmediata siguiente en aquellos lugares donde tengan asiento más de un juzgado de igual competencia;

b) para los restantes tribunales inferiores a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por sorteo siguiendo el orden al que remite el decreto 1285/58, según ley 26.371.

El fallo fue firmado por Ricardo Lorenzetti; Elena Highton de Nolasco; Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda. La ley permitía al Consejo de la Magistratura elegir subrogantes para un tribunal o caso determinado. Además establecía que los jueces subrogantes -suplentes- podían nombrarse por una mayoría inferior a la requerida para nombrar jueces titulares.