Mangeri: una persona “astuta” que sólo lo frustró el azar

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Jorge Mangeri.

El fallo que condenó a prisión perpetua a Jorge Mangeri por el crimen de Angeles Rawson describió al encargado como una “persona astuta” que hostigaba a las mujeres y que pudo haber quedado impune si el azar no hubiera hecho aparecer el cadáver de la adolescente en el predio del Ceamse.

“La astucia de Jorge Néstor Mangeri quedó también puesta de manifiesto en el método escogido para hacer desaparecer el cuerpo de Angeles Rawson. Si el hecho hubiera ocurrido seis meses antes, una vez que se hubiera depositado el cuerpo en el contenedor de residuos, jamás hubiera aparecido”, sostuvo el tribunal.

“Más aún -añadió- su hallazgo en los últimos metros de la cinta de selección de residuos para reciclaje fue absolutamente azaroso y poco faltó para que el astuto plan de Mangeri fuera éxito”.

El Tribunal Oral Criminal N°9, que llevó adelante el juicio oral, difundió hoy los fundamentos de la sentencia que condenó el 15 de julio pasado a Mangeri a la pena de prisión perpetua por los delitos de “femicidio en concurso ideal con los delitos de abuso sexual y homicidio agravado por su comisión criminis causa”.

En su resolución ordenó una serie de investigaciones penales por falso testimonio contra la esposa de Mangeri, parientes y amigos, un perito de parte, miembros del Cuerpo Médico Forense y hasta la titular de una ONG que tuvo amplia exposición mediática.

En sus considerandos, los jueces definieron como “una fábula” las argumentaciones del encargado para defenderse hablando de privaciones ilegales de la libertad, tormentos y apremios para hacerse cargo del crimen.

Para el tribunal, “Mangeri miente” y “la fábula acerca de que fue amenazado por los ocupantes de un Polo oscuro a las 5.00 de la mañana del día jueves, en la esquina de Ravignani y Santa Fe, resulta inaceptable”. Asimismo, añadió: “Si la fábula de la amenaza del jueves resulta poco creíble, la de los supuestos apremios del viernes es absolutamente increíble”.

Los jueces determinaron que el portero mató a la menor de edad para “satisfacer sus deseos”, aunque no pudo dar por probado si el encargado tenía intenciones de violar a la adolescente. “Las conductas desplegadas por Jorge Néstor Mangeri ponen de manifiesto que desde un inicio su voluntad estuvo dirigida a someter a Angeles Rawson, usar su cuerpo para satisfacer sus deseos y descartarlo cuando lograra su objetivo o éste se viera frustrado”, sostuvo el tribunal.

Fallo Completo
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Tras sostener que los hematomas, excoriaciones y fracturas son prueba inequívoca de que Mangeri recurrió a la fuerza para quebrantar la voluntad de la víctima y que ésta se resistió”, el TOC advirtió que “el ataque a la niña tuvo por objeto usar su cuerpo para satisfacción sexual” y por ello “forzó las piernas (de la menor) para acceder a los genitales de la víctima”.

“Los acusadores han sostenido que la voluntad del agresor era lograr penetrar el cuerpo de la víctima. El Tribunal no puede descartarlo, pero tampoco puede asegurarlo. Las pericias demuestran que no hubo penetración y las huellas del cuerpo acreditan que se puso manos en el cuerpo de Angeles Rawson con finalidad sexual”, se sostuvo.
En ese sentido, el fallo analizó que “Jorge Néstor Mangeri luego de poner manos en el cuerpo de la niña la asesinó. Eso impide saber si lo hizo porque consideró que no podría seguir avanzando en su pretensión abusiva o si ésta se agotaba en tocamientos y fantasías”.

Tras vasta jurisprudencia y detalles de debates en el Congreso para aprobar al ley de femicidio, el tribunal encuadró ese caso bajo esa figura y resaltó que en esos casos existe “el brutal desprecio de la dignidad de las personas” con la “‘cosificación’ de la víctima”.

A la hora de analizar la pena, el tribunal no encontró ningún atenuante a la conducta del portero pero sí “múltiples agravantes” en donde se destacó el trato que el portero “tenía con las mujeres”. “Más allá de su sobreactuada actitud sobreprotectora respecto de Diana Saettone, y de su actitud formal con las propietarias, se recibió noticia de reiteradas conductas de hostigamiento sexual hacia aquellas mujeres que veía vulnerables”, determinó.

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En ese sentido, el TOC aludió a que “las migrantes que ocupaban el edificio lindero percibían su actitud maliciosa, la promotora de la inmobiliaria que recorría las calles en soledad por razones laborales sufrió un ofrecimiento humillante, hostigó sexualmente a dos empleadas de casa de familia del edificio al punto que una decidió dejar su trabajo y al momento de los hechos, acechaba a otra empleada que vivía con temor los embates de supuesta seducción con los que Mangeri se le imponía”.

“Tales mezquindades y ocultamientos, ponen de resalto una personalidad astuta y con el conocimiento suficiente del medio humano en el que se movía, que le permitió escoger las víctimas de su hostigamiento en un espacio en el que sabía que podía moverse con libertad, mientras mantuviera la adecuada distancia con los propietarios”, agregaron.